Estimá con precisión los costos judiciales del proceso sucesorio en juzgados de Posadas, Oberá, Eldorado, Puerto Rico y San Vicente (Tasa del 3% Ley XXII – Nº 37, edictos, informes y honorarios).
Calculá los costos judiciales aproximados (Tasa de Justicia de Misiones 3%, edictos, informes y aranceles) para regularizar tu herencia.
En la provincia de Misiones, los procesos sucesorios conllevan gastos regulados por la Ley de Tasas Judiciales de la Provincia (Ley XXII – Nº 37) y aranceles fijados por la Ley de Aranceles de Abogados y Procuradores de Misiones (Ley XII – Nº 4 / CADEMIS).
Se abona al Fondo de Justicia Provincial (Ley XXII – Nº 37, Art. 4) y equivale al 3% de la valuación fiscal oficial vigente al momento del pago sobre todos los bienes inmuebles o muebles registrables sitos en Misiones.
Aportes y estampillados colegiales con destino al Fondo Permanente de Seguridad Social para Abogados y Procuradores (Ley XIX – Nº 18) administrado por el Colegio de Abogados de Misiones (Ley IV – Nº 23).
Se publica por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones (Art. 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación) y en un diario local, emplazando por el plazo perentorio de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante.
Regulados en la escala arancelaria judicial (Ley XII – Nº 4), y habitualmente convenidos de forma extrajudicial entre el 10% y el 17% del acervo hereditario, con facilidades de pago o cancelación al momento de la venta por tracto abreviado o inscripción de los bienes.